Artículo 20. Además de lo señalado en el artículo 15 de la presente Ley, las instituciones de educación superior públicas dotadas de autonomía deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

Fracción IV. La lista con los profesores con licencia o en año sabático;
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Dirección Académica 17/05/2018 17/05/2018 Ver